Este martes, un grupo de parlamentarias y parlamentarios de oposición ingresaron a la Cámara de Diputadas y Diputados una acusación constitucional en contra del Presidente Sebastián Piñera, argumentando faltas graves a la probidad y poner en tela de juicio el honor de la nación, por su vinculación con la compra-venta de la Minera Dominga.

Tras ello, el Dr. Carlos Maturana, abogado constitucionalista y académico de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales UdeC, indicó que ya se cumplió la primera etapa: «el ingreso de la acusación, se dio cuenta de ella y se eligió por sorteos a los miembros de la comisión que la va a estudiar».

¿Qué viene ahora? El especialista informó que hay un plazo de tres días para notificar al acusado quien, vencido ese periodo, tendrá 10 días para formular su defensa. Luego, e independientemente de si se presentó o no la defensa, la comisión tiene seis días para estudiar la acusación y la defensa, para elaborar un informe que se presentará a la sala de la Cámara de diputadas y diputados para que ésta resuelva si se admite o no la acusación. Tras ello corresponde la discusión en sala y la respectiva votación.

En el escenario hipotético de que la acusación se apruebe, Maturana mencionó que se producen tres efectos: la destitución, queda sujeto a disposición del tribunal competente para determinar la existencia de algún ilícito penal o civil y -eventualmente- determinar las responsabilidades, y queda inhabilitado por cinco años para optar a cualquier cargo público sea o no de elección popular.

En relación al tiempo que pueden tardar los trámites, el abogado indicó que “para que resuelvan ambas Cámaras no hay plazos fijos y hay muchos temas de orden procesal que no están resueltos de manera definitiva. Entonces, en la Cámara de Diputados la Constitución hace referencia a un plazo de 30 días para mantener la condición de suspensión en sus funciones de los acusados y algunos autores han entendido que lo que tiene la Cámara son 30 días para resolver como máximo”, mientras que “en el Senado no hay ninguna referencia a plazo alguno. La obligación que le impone la ley, tanto a la Cámara como al Senado -cuando ya están en la etapa de conocimiento de las materias por sus respectivas salas-, es sesionar diariamente hasta llegar a la resolución. Hay un sentido de urgencia, porque el tener pendiente una acusación contra el Presidente de la República, en un sistema tan presidencialista como el nuestro, efectivamente produce un efecto paralizante”.

En esa línea, el académico explicó que “veo muy difícil que esto se resuelva, que se falle por el Senado antes de la primera vuelta presidencial de noviembre. Lo más probable es que la votación en la Cámara se produzca en fecha muy cercana al 21 de noviembre, por lo que podríamos llegar a la elección con la resolución clara de los diputados”.

Finalmente, recordó que “lo que hace la Cámara de Diputados es simplemente declarar si es admisible la acusación o no, y quien resuelve si la persona es o no culpable es el Senado”.

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