Como una forma de promover y garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas parentales fue lanzado Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, utilidad que tendrá acceso remoto, gratuito e inmediato tanto para demandantes como para deudores y representantes legales. Quienes sean incluidos en el listado podrían ver retenidas ciertas fracciones de sus devoluciones de impuestos y remuneraciones, experimentar problemas para renovar su licencia de conducir, entre otras sanciones.

Se trata de una ley aprobada hace más de un año, cuando el Sebastián Piñera ocupaba el sillón presidencial y Mónica Zalaquett la jefatura del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. Aunque el camino de la medida no estuvo exento de cuestionamientos, que incluso involucraron un pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC), su promulgación fue valorada transversalmente.

Por ello, este viernes 18 de noviembre el registro fue presentado públicamente. Según se informó, podrá ser consultado solo por aquellas personas con relación o interés directo con un proceso de este tipo, como un deudor; el alimentario o individuo a quien se debe pagar la pensión; los representantes legales de ambas partes; y los tribunales de familia y algunos servicios del Estado.

Quienes accedan a la utilidad encontrarán información relevante sobre su deudor, como: (1) el nombre completo y cédula de identidad, (2) el número de hijos o hijas afectadas, (3) el monto actualizado y la cantidad de cuotas impagas, (4) los datos de las cuentas fijadas para los pagos y (5) datos sobre el tribunal que determinó el monto y las condiciones de la pensión.

¿Quiénes serán incluidos?

El Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos será actualizado mensualmente, una vez que los tribunales de familia informen al Servicio de Registro Civil. En dicho listado solo constarán los antecedentes de aquellas personas deudoras de tres mensualidades seguidas, o bien, cinco discontinuas. También, aparecerán quienes paguen solo una parte de las cuotas e incluso quienes hayan abonado una fracción del total adeudado.

Por el contrario, serán removidos quienes cancelen completamente lo atrasado o aquellos que logren un nuevo acuerdo ante un tribunal competente. Fuera de dichas condiciones, podrán acceder excepcionalmente a la remoción quienes presenten antecedentes calificados sobre su carencia de medios para pagar.

¿Cuáles son las sanciones?

Las medidas a aplicar a los deudores poseen diferentes niveles. En primer lugar, será posible negar la renovación de la licencia de conducir o el pasaporte, además del acceso a ciertos bonos y beneficios del Estado.

En el plano económico, se procederá a realizar retenciones: (1) de la devolución de impuestos de la Operación Renta; (2) de hasta el 50% de los fondos de los créditos por más de 50 UF que el deudor solicite; (3) de una porción de las remuneraciones percibidas, sobre todo en caso de aumento de ingresos o ascenso en el escalafón y (4) de la indemnización por años de servicio, si es que el deudor ha sido despedido. A ello se suma la inhabilidad de inscribir el traspaso de un vehículo o propiedad en caso de venta.