Confirmando un criterio que ya había sostenido en un fallo anterior, la Corte Suprema acogió el recurso de protección interpuesto por la ONG Winkul Lafken en representación de Salvemos La Señoraza y la comunidad de Laja, obligando a la Ilustre Municipalidad de Laja y a la empresa recurrida a ingresar la obra Paseo Costanera Sur al Sistema de Evaluación Ambiental antes de su ejecución, por lo que no bastarían los meros permisos de construcción.

En una de las principales conclusiones del fallo, la Corte Suprema concluye que, en base a la convención Ramsar, el área afectada por el proyecto corresponde a un humedal, no obstante estar, hasta la fecha, pendiente la declaración de humedal urbano por parte del Ministerio de Medio Ambiente.

De acuerdo a lo señalado por el abogado Ulises Medina, de la ONG Winkul Lafken, «es la Corte Suprema la que viene en señalar la existencia de un humedal aún antes de la declaración oficial por la entidad ambiental administrativa, con lo que ahora se abre una nueva vía para reconocer humedales urbanos«.

Asimismo, según detalla el profesional, cualquier intervención en el lugar debe contar con la aprobación del Sistema de Evaluación Ambiental, lo que obliga, entre otras cosas, la participación ciudadana.

Por su parte, Yoceline Schenke, encargada de comunicaciones del Movimiento por la preservación de La Señoraza, manifestó su alegría por el fallo ratificatorio.

«Nuestra tierra necesita este tipo de fallos» agregó Schenke y enfatizó que los humedales urbanos son ecosistemas importantes para la mantención de la vida.

Revisa aquí el fallo completo.