Siete años estuvo en tramitación la Ley Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las mujeres, hasta que en marzo de 2024 logró su aprobación en el Congreso. Luego de pasar por el Tribunal Constitucional, esta ley marco entró en vigencia en junio del año pasado.

Se trata de una legislación que establece obligaciones para todas las instituciones del Estado involucradas y que, por ende, significa un cambio estructural en la estrategia con que nuestro país enfrenta y previene la violencia contra las mujeres.

Bajo el lema “Una ley en nombre de todas”, la campaña de difusión del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género releva cinco cambios fundamentales a partir del nuevo marco legal: el fortalecimiento de las medidas cautelares, pues mandata su supervisión judicial para que efectivamente se cumplan; la incorporación de la violencia digital, pues establece sanciones a quienes exhiban, difundan o publiquen contenido íntimo sin consentimiento; la creación de un Sistema Integrado de Información para los casos de Violencia de Género, para que las víctimas no tengan que contar una y otra vez lo que vivieron; el reconocimiento de la violencia gineco-obstétrica, que ahora es tipificada como un agravante; y la provisión de servicios y acompañamiento para la reparación física, psicológica y social de las víctimas.

Junto con entregar detalles respecto del despliegue en la región, la seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Camila Contreras, manifestó que “hoy contamos con una Ley Integral que cambia la forma en que Chile enfrenta la violencia contra las mujeres. Queremos que cada mujer conozca sus derechos y sepa que el Estado tiene el deber de protegerla, acompañarla y garantizar justicia”.

La Ley Integral reconoce la violencia contra las mujeres como una vulneración a los derechos humanos y refuerza la responsabilidad de los órganos del Estado en la protección de las víctimas. Además, exige una respuesta más eficaz desde todas las instituciones involucradas, garantizando acciones coordinadas de prevención, protección, atención y reparación.

Contreras destacó los avances en esta materia, relevando como un objetivo central “el proteger a las mujeres sobrevivientes de violencia de género”.

Terminar con la revictimización, comentó la seremi, es otra tarea fundamental. En esta línea, detalló el funcionamiento del nuevo Sistema Integrado de Información y destacó que “se ha invocado esta ley y hemos logrado sentencias muy justas para el daño que han sufrido las mujeres”.

Finalmente, Camila Contreras resaltó que “es muy loable el trabajo que muchas veces hacen las familias cuando sufren una situación, por ejemplo, de suicidio femicida, o femicidios, o la muerte de sus hijos en procesos de parto, y sale la Ley Mila, la Ley Dominga, la Ley Antonia, la Ley Gabriela, pero no debería ser un peregrinaje de las familias por buscar justicia y a eso viene a responder la Ley Integral”.

¿De qué se trata esta Ley?

Promulgada en 2024, la Ley Integral reconoce por primera vez la violencia contra las mujeres como una vulneración a los derechos humanos y refuerza la responsabilidad del Estado en la protección de las víctimas, instando a una mejor respuesta desde las distintas instituciones involucradas en la prevención, protección, atención, protección y reparación de víctimas.

Dentro de las medidas concretas que establece la nueva ley se encuentran:

  • Supervisión judicial para el cumplimiento de las medidas cautelares, por ejemplo, las órdenes de alejamiento.
  • Atención jurídica y psicosocial gratuita y especializada para la reparación de las víctimas de violencia de género.
  • Sanciones para quienes exhiban, difundan o publiquen contenido íntimo sin consentimiento.
  • Un Sistema Integrado de Información para que las víctimas de violencia de género no tengan que contar una y otra vez lo que vivieron.
  • Una mayor coordinación entre instituciones, para impulsar y mejorar las políticas de prevención y abordaje de la violencia de género.
  • Define 9 formas de violencia: física, psicológica, sexual, económica, simbólica, institucional, política, violencia en el trabajo y gineco-obstétrica.
  • Reconoce la violencia gineco-obstétrica y la tipifica como un agravante.
  • Promueve la educación no sexista en establecimientos educativos.
  • Reconoce como violencia de género aquella ejercida contra niñas, niños y adolescentes, con el objeto de dañar a sus madres o cuidadoras.
  • Incluye las relaciones de pololeo como violencia intrafamiliar.
  • Establece obligaciones para todos los órganos del Estado y más.

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