Tras conocerse la decisión de la Tribunal Constitucional respecto del requerimiento que buscaba frenar el tercer retiro de fondos previsionales, y en línea con lo manifestado de manera casi transversal por políticos de gobierno y oposición en las últimas horas, el Presidente Sebastián Piñera anunció que durante esta jornada se promulgará el proyecto aprobado por el Congreso.

Acompañado por los ministros de un cuestionado comité politico, el mandatario desistió de recurrir al veto presidencial y señaló que «respetamos y aceptamos la decisión del TC, sin perjuicio de no compartirla. Por estas razones, promulgaremos hoy la reforma aprobada por el Congreso, para permitir los retiros del 10% de los ahorros previsionales».

Además confirmó el retiro del proyecto ingresado ayer por el Ejecutivo y adelantó que en los próximos días se presentarán iniciativas destinadas a abordar el reintegro de fondos y el bono de $200 mil pesos para las personas que agotaron sus ahorros previsionales en los retiros anteriores.

Tercer retiro: sin impuestos, incluye rentas vitalicias y será retenido a los deudores de pensiones alimenticias

Sebastián Piñera promulgará finalmente la iniciativa despachada por la Cámara de Diputadas y Diputados el pasado viernes, que establecer nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en las cuentas de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, un mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF.

Tal como en los retiros anteriores, en caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores al mínimo, los afiliados podrán retirar el total de sus fondos.

Los fondos retirados, señala la normativa, «se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio». Asimismo, «se establece que los fondos retirados no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y, en consecuencia, serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones».

La entrega de los fondos se efectuará en un plazo máximo de quince días hábiles, contado desde la presentación de la solicitud ante la respectiva AFP.

La principal novedad de esta iniciativa respecto de los retiros anteriores tiene relación con los pensionados bajo el mecanismo de renta vitalicia, estableciendo que «podrán, por una sola vez y de forma voluntaria, adelantar el pago de sus rentas vitalicias hasta por un monto equivalente al diez por ciento del valor correspondiente a la reserva técnica que mantenga el pensionado en la respectiva compañía de seguros para cubrir el pago de sus pensiones, con un tope máximo de 150 UF”.