El Presidente Gabriel Boric junto a la ministra del Interior, Carolina Tohá, y el ministro de Justicia y DDHH, Luis Cordero, promulgó en Viña del Mar la ley que mejora la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regula el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalece las instituciones de rehabilitación y reinserción social.

Durante su intervención, el mandatario señaló que el objetivo es “golpear con mucha fuerza al crimen organizado y recuperar cada uno de los barrios de nuestra patria que han sido tomados por narcotraficantes”, agregando que “esta ley es un paso muy importante en la dirección de impedir que las organizaciones se enriquezcan”.

Entre los instrumentos incautados se incorporan bienes muebles e inmuebles, que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público. Igualmente, se podrán destinar a una institución del Estado o a una institución privada sin fines de lucro. Se exigirá que su objetivo institucional sea la prevención del consumo indebido, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción.

Con estas modificaciones, las unidades policiales podrán ocupar, por ejemplo, un inmueble que fue decomisado por ser fruto del narcotráfico, mientras dura el juicio.

La nueva norma sanciona a quien administre a terceros, sustancias ilícitas sin su consentimiento. Las penas, en este caso, pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio (5 años y un día a 15 años) si se usa violencia o intimidación para administrar u obligar el consumo. Además, castiga a quien suministre a menores de 18 años productos que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica.

Sobre ese punto, Boric indicó que la problemática debe abordarse desde todas sus dimensiones.

La ley también establece que si algún delito relacionado a las drogas se comete valiéndose de un menor de 18 años o personas exentas de responsabilidad, se aumenta en un grado la pena. A su vez, aumentará en dos grados, cuando se entreguen armas de fuego a menores de edad para alcanzar fines delictivos, tal como expuso el Presidente.

Cultivo medicinal

También, se entenderá justificado el cultivo de cannabis para terapias médicas, ello con la presentación de una receta extendida por un médico cirujano. Dicho documento debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración.

“Tenemos que centrar los esfuerzos en perseguir a los verdaderos delincuentes”, señaló el Jefe de Estado.

La norma también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis, aumentando en un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero.