Ante los incendios forestales que impactaron a distintas zonas de la Región de Biobío, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) informó el refuerzo de sus medidas de orientación para personas y micro y pequeñas empresas (MIPEs) que enfrenten dificultades financieras derivadas de esta emergencia.
Con el paso de los días, muchas personas y MIPEs deberán asumir compromisos económicos acumulados. Ante este escenario, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento dispone de procedimientos que permiten abordar el sobreendeudamiento de forma legal, ordenada y con miras a una segunda oportunidad para estabilizar su situación económica.
El coordinador regional de la Superir en Biobío, Javier Ramos, explicó en qué consiste la renegociación para personas naturales, un trámite que se realiza a través del sitio web www.superir.gob.cl, ingresando con Clave Única.
Al finalizar el proceso, los usuarios pueden solicitar la eliminación de los registros de deudas renegociadas o extinguidas en Dicom o el Boletín Comercial. Además, profesionales de la Superintendencia acompañan la elaboración de propuestas que pueden reducir significativamente la carga financiera mensual.
Para las micro y pequeñas empresas existen tres mecanismos legales destinados a enfrentar situaciones de insolvencia.
Una de las opciones es la contratación de una Asesoría Económica de Insolvencia (AEI), regulada por la Ley N.º 20.416. Este procedimiento preventivo y voluntario permite a las MIPEs acceder al apoyo de un asesor especializado, cuyo objetivo es evitar el cierre del negocio y promover su continuidad.
Durante la asesoría se realiza un diagnóstico financiero y contable, y se diseña un plan de acción que puede incluir negociaciones con acreedores, reestructuración de deudas y acceso a financiamiento.
“En la asesoría se contempla un período de Protección Financiera de 90 días”, destacó el seremi.
Si no es posible una solución extrajudicial, el asesor puede recomendar el inicio de procedimientos concursales simplificados, creados por la Ley N.º 21.563, como la Reorganización o la Liquidación Simplificada.
La reorganización simplificada, está orientada a empresas viables que buscan reestructurar sus deudas y continuar operando. Este procedimiento contempla la participación de un veedor y un período de Protección Financiera Concursal inicial de 40 días, prorrogable, durante el cual se suspenden acciones judiciales.
En tanto, la Liquidación Simplificada es aplicable a personas y empresas de menor tamaño. A través de este mecanismo, los bienes son vendidos para pagar a los acreedores, permitiendo cerrar el proceso de manera regulada.
Las personas interesadas en conocer o solicitar un procedimiento para hacer frente a las deudas pueden agendar una atención presencial escribiendo al correo [email protected] o solicitar una teleatención a través del formulario disponible en www.superir.gob.cl.




