Ratificando la tendencia expresada previamente en la Comisión de Constitución, la Sala de la Cámara rechazó, por 39 votos a favor, 96 en contra y 10 abstenciones, el proyecto que proponía retiros con devolución desde las cuentas de ahorro previsional. Estos variaban desde un 15% al 100% de lo ahorrado.

La propuesta requería la aprobación de los 4/7 partes de las y los diputados en ejercicio al tratarse de reformas a la Carta Fundamental y, de esta forma, la iniciativa no prosigue su tramitación en el Congreso Nacional.

En el debate, las y los diputados se mostraron mayormente en contra de este proyecto, desde el oficialismo a la oposición.

Así, por ejemplo, Jaime Naranjo (PS) indicó que los retiros previsionales previos se dieron en el contexto de la crisis económica provocada por la pandemia. Sin embargo, recordó que, hoy, el país trata de salir de los problemas que enfrenta. Asimismo, sostuvo que este proyecto beneficiaría a un grupo muy pequeño de cotizantes.

Johannes Kaiser (IND) adujo que este era un retiro encubierto de los fondos de AFP para el consumo, opinión que compartió Christian Matheson (IND). Este último sostuvo que el país necesita recuperar la capacidad de crecimiento a través de la inversión y creación de empleos.

Detalles del proyecto

El proyecto de reforma constitucional que debatió la Sala constaba de tres mociones refundidas para permitir el autopréstamo de fondos previsionales.

La primera iniciativa proponía retiros en carácter de “préstamos”, sin límite de veces. Estos por una cifra equivalente al 15% del total ahorrado y sin tope.

Dicho monto estará expresado en UF y no se cobrarían intereses. El dinero se devolvería a la cuenta individual reajustado, conforme a las variaciones de la UF, en una a sesenta cuotas. Y los afiliados no podrían solicitar un nuevo préstamo mientras no se pagara la totalidad del primero.

Las segunda y tercera reforma permitían girar desde las cuentas de capitalización individual hasta el 100% de los fondos acumulados bajo la condición de reintegrarlos en cuotas prorrateadas en un plazo máximo de cinco años.

Junto a ello, proponía que los afiliados pudieran solicitar giros en sus fondos sin límite de veces. Lo anterior, siempre que no tuvieran un giro pendiente de reintegro. Además, podían pagar las cuotas en forma anticipada y voluntaria y no habrían sido exigibles si el afiliado no está con un contrato de trabajo que contemple cotización previsional.