En noviembre de 2020, la Cámara aprobó que se legisle para declarar la nulidad de la Ley 20.657, General de Pesca y Acuicultura, también llamada “Ley Longueira”, en referencia al ministro de Economía del Gobierno de Sebastián Piñera, entre 2011 y 2013, Pablo Longueira. Y, al ser objeto de indicaciones, pasó a consideración de las comisiones unidas de Constitución y de Pesca, para un nuevo informe.

Dicho texto fue abordado en dos sesiones de debate. En lo medular, mantiene en los mismos términos lo aprobado previamente, esto es, el artículo permanente que declara la nulidad de la ley.  Eso sí, ahora innova en la inclusión de un artículo transitorio que permite fijar un periodo de transitoriedad. Esta disposición se aprobó por 117 votos a favor y 20 abstenciones.

Más en específico, la norma permanente declara “insanablemente nula la Ley 20.657, que modifica en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la Ley 18.892 y sus modificaciones”.

El nuevo artículo transitorio define cuando operará la declaración de nulidad. Así, se establece que ello acontecerá cuando se publique en el Diario Oficial una nueva ley sobre pesca y acuicultura que reemplace a la anterior. En todo caso, se indica que el plazo para ello no podrá ser superior a dos años.

Cabe señalar que los autores de la moción original son la diputada Karol Cariola y otros nueve exdiputados. Entre sus consideraciones se observa que, durante la tramitación de la Ley 20.657 (2011- 2013), diferentes sectores cuestionaron su contenido y, principalmente, sostuvieron que hubo una manifiesta presión indebida sobre parlamentarios ejercida por distintos grupos económicos de la pesca industrial.

Discusión

El debate de esta iniciativa se desarrolló en dos sesiones y buena parte de las y los parlamentarios centró su discurso en el fondo del tema. Así, hubo quienes sostuvieron que es necesaria la derogación de la actual ley, dado que tuvo un origen viciado. También recordaron que hubo casos puntuales de parlamentarios que fueron objeto de cohecho y soborno, ratificado por la justicia. En tal plano, estimaron esencial corregir el error con una nueva normativa para el sector.

Asimismo, se insistió en que la iniciativa es admisible porque, cuando no se actúa en el marco de la Constitución y las leyes, sus efectos son nulos. Otra mirada, sin embargo, planteó que la norma es inconstitucional, por lo que anunciaron su abstención.

También hubo posturas que pidieron enfocarse en el nuevo artículo transitorio incorporado, que es respecto de lo cual debían pronunciarse. Destacaron que la norma permite dar una transitoriedad de dos años para que, en ese periodo, se haga vigente una nueva ley de pesca. Igualmente, impediría que se vuelva a la situación de 2013, con la llamada “carrera olímpica”, que favoreció el agotamiento de las pesquerías.

La propuesta pasó ahora a segundo trámite, al Senado.