Velar, garantizar, promover y proteger, en igualdad de condiciones, la inclusión social de las personas en el espectro autista” es el objetivo del proyecto debatido por la Comisión de Hacienda (boletines 14549 y 14310) de la Cámara de Diputados y Diputadas.

En especifico, el grupo parlamentario debió pronunciarse respecto del informe financiero de la norma. Al respecto, la titular de la Dirección de Presupuestos (Dipres), Javiera Martínez, explicó las observaciones y detalló que la primera de ellas “tiene que ver con agregar una transitoriedad al proyecto de ley. Esto nos los pidió el Ministerio de Salud, de manera de poder preparar y tener la capacidad de implementar lo propuesto”.

Alcances

El texto define qué se entenderá por persona en el espectro autista.

Esta definición apunta a quien presenta una diferencia o diversidad en el neurodesarrollo típico que se manifiesta en afectaciones en la iniciación, reciprocidad y mantención de la interacción y comunicación social al interactuar con los diferentes entornos. Igualmente, se caracteriza por la presencia de intereses intensos y repetitivos, adherencia a rutinas y conductas.

En todo caso, deja de manifiesto que dicha condición deberá contar con un diagnóstico médico para los efectos de esta ley.

En ese especto, solo se considerará como discapacidad cuando genere un impacto funcional significativo en la persona. Este podrá manifestarse a nivel familiar, social, educativo, ocupacional o de otras áreas. Para ello, se exige la certificación respectiva, de acuerdo a las normas de la Ley de Discapacidad.

Por otra parte, esta normativa busca considerar el autismo no como una patología. Por el contrario, promueve que sea entendida como parte de la expresión de la diversidad humana.

Si quieres o necesitas más información sobre el Trastorno del Espectro Autista, te recomendamos esta entrevista con Nathalie Bunster Bello, secretaria de la Fundación Potencialmente.