Durante la próxima elección obligatoria de consejeros y consejeras constituyentes, la Dirección del Trabajo (DT) fiscalizará el cumplimiento del feriado legal irrenunciable y el respecto del derecho a voto de los trabajadores exentos a la norma. Por ello, la entidad recordó que cada persona sujeta a régimen contará con «al menos 2 horas para ir a sufragar si los tiempos de desplazamiento así lo requieren». 

Las disposiciones que rigen esta materia están contempladas en el artículo 180 del DFL N°2 (6-9-2017), el que ya ha sido aplicado en elecciones anteriores y, en este ocasión, ha permitido definir que el feriado legal comenzará a más tardar a las 21:00 horas del sábado 6 y que finalizará a las 6:00 del lunes 8 de mayo.

Quienes se encuentran exceptuados de cumplir con esta norma son los trabajadores de supermercados, servicentros, farmacias de urgencia, hospitales, actividades regidas por sistemas de turnos y tiendas que no se encuentren ubicadas en centros comerciales. Sin embargo, existe una contraexcepción para quienes laboren en malls, strip centers u otros complejos con varios locales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica, quienes en esta instancia sí tendrán derecho a descanso. Ello fue explicado por el director del Trabajo, Pablo Zenteno.

En esa línea, Zenteno puso el énfasis en el rol que la flexibilidad jugará a la hora de pactar los permisos de votación, dadas las «multas fijadas por el sistema electoral para quienes no sufraguen”.

¿Qué pasa si hay incumplimiento?

Tal como ocurrió en el último plebiscito, el no respeto de las limitaciones de funcionamiento implicará, para los comercios, el cierre inmediato de los locales y la aplicación de multas que rondarán entre las 3 y las 60 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa. Mismo castigo será aplicado para los empleadores que impidan que sus trabajadores ejerzan su derecho a voto.

En cuanto a quienes hayan sido designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral; el director del Trabajo clarificó que gozarán del permiso laboral necesario, por lo que no podrán estar sujetos a descuentos remuneracionales ni a ningún tipo de sanción.

Las consultas y denuncias por incumplimientos serán atendidas a través del sitio web www.dt.gob.cl y el teléfono 600 450 4000, el que operará durante este domingo entre las 9:00 y las 15:00 horas.