De manera unánime la Comisión de Seguridad Pública del Senado aprobó y despachó a la Sala, el proyecto que aumenta las penas para quienes cometan secuestros y el que establece mayores sanciones para quienes porten armas en lugares altamente concurridos.

Con este respaldo se dio un paso significativo en el «fast track» legislativo acordado entre el Congreso y el Ejecutivo y que contempla el estudio y despacho de diversas iniciativas en materia de seguridad esta semana.

En la jornada de este martes, la instancia aprobó en general y en particular el proyecto que agrava la pena del delito de secuestro (Boletín N° 15.558-07) que en la actualidad tiene sanciones que parten desde los 3 años y un día de presidio. La iniciativa propone que la pena base de delito de secuestro oscile entre 5 años y un día a 15 años.

De esta forma la norma señala que “si el secuestro, se ejecutare para obtener un rescate o imponer exigencias o arrancar decisiones, o si el encierro o detención se prolongare por más de 24 horas, será castigado con la pena de presidio mayor en su grado mínimo a medio”. El texto aprobado por la Cámara planteaba un plazo de más de 48 horas y el senador Manuel José Ossandón presentó una indicación para rebajar ese guarismo a la mitad, lo que fue aprobado por unanimidad.

Luego, la Comisión aprobó por unanimidad el proyecto que modifica la ley de control de armas, para aumentar la pena del delito de porte de armas en lugares altamente concurridos.

El proyecto establecía a modo de ejemplo una serie de lugares y tras el debate, la Comisión decidió incorporar a ellos los establecimientos de educación públicos y privados, los centros de salud públicos y privados, estaciones de buses y todo medio de transporte de carga y de personas.

De este modo, la norma que se votará en Sala establece que si los delitos de porte de armas se cometen en “lugares altamente concurridos tales como, la vía pública, edificios públicos o de libre acceso al público, establecimientos educacionales públicos o privados, centros de salud públicos o privados, ferias libres, mercados, centros comerciales, eventos deportivos o espectáculos, o dentro de medios de transporte público, instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustibles, de instalaciones de distribución o generación de energía eléctrica, portuarias, aeropuertos o estaciones ferroviarias, incluyendo las de trenes subterráneos, u otros lugares semejantes, se impondrá al responsable la pena señalada al delito con exclusión de su grado mínimo, si ella consta de dos o más grados, o de su mitad inferior, si la pena es de un grado de una divisible”.

La pena de este delito subiría de presidio menor en su grado máximo (3 años y 1 día a 5 años de presidio) a una pena mínima de 4 años y un 1 día. Del mismo modo, este delito con un arma adulterada que tiene de 3 años 1 día a 10 años, subiría a presidio mayor en su grado máximo, es decir de 5 años y 1 día a 10 años.

Finalmente, la Comisión inició el estudio de la moción de los senadores Carmen Gloria Aravena, Juan Castro, Alejandro Kusanovic, Manuel José Ossandón y Kenneth Pugh, que aumenta la protección del personal de Carabineros de Chile, en memoria del sargento primero de esta institución, Gabriel Aldo Gallegos Fernández (Q.E.P.D).