Este viernes 26 de abril entró en vigencia la Ley 21.561, conocida como Ley de 40 horas, que reduce gradualmente la jornada laboral en Chile. Esta es la primera etapa de la legislación, por lo que la jornada laboral se reducirá de 45 a 44 horas semanales.

El cronograma contempla una rebaja gradual de las horas laborales, por ello en abril de 2026 se alcanzarán las 42 horas y tendrá plena vigencia cuando se implementen las 40 horas de trabajo semanales en 2028.

El abogado especialista en derecho laboral, Andrés Concha, explicó las implicancias de la normativa.

La Dirección del Trabajo (DT) dictaminó que en la eventualidad de que empleadores/as y trabajadores/as no lleguen a acuerdo respecto a la aplicación de la disminución horaria, la solución es que en una jornada de 5 días semanales, el empleador deberá reducir la jornada en al menos una hora en un día, en tanto que en una jornada semanal de 6 días, de lunes a sábado, el dictamen sostiene que “el empleador deberá reducir al menos 50 minutos en una jornada diaria y la fracción de 10 minutos en otra, en alguno de los 6 días que forman parte de la jornada semanal”, tal como informó el abogado.

Según la normativa, el empleador que no respete la ley se expone a multas administrativas por parte de la Dirección del Trabajo. Al ser consultado sobre la capacidad con que cuenta dicho organismo para efectuar las fiscalizaciones, el especialista mencionó que podría haber dificultad dependiendo de cuántas empresas tenga cada comuna.

La ley incorpora el derecho para trabajadores que son madres, padres o cuidadores de niños de hasta 12 años, de adecuar la jornada laboral con bandas horarias. Es decir, podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores, lo que determinará también el horario de salida. Esta medida busca permitir una mejor conciliación de la vida laboral, familiar y personal.

El abogado explicó además que si las empresas desean adelantarse a la Ley e implementar de manera inmediata las 40 horas también podrán pactar con sus trabajadores jornadas 4 x 3, es decir, 4 días de trabajo y 3 días de descanso. En este sentido hay que destacar que actualmente más de 5.400 empresas en el país han postulado al sello de las 40 horas que otorga el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

La aplicación de la nueva normativa en ningún caso puede significar una disminución de remuneraciones para los trabajadores y trabajadoras beneficiarios.

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