Tras la aprobación y posterior promulgación del proyecto que permite el retiro del 10% de los ahorros en los multifondos de las Administradoras de Fondos Previsionales, la Asociación de AFP se encuentra trabajando para implementar un proceso ágil, informado, seguro y simple de cara al afiliado.

Eso sí, es necesario recordar que este proceso sólo se iniciará luego de la publicación de la ley en el Diario Oficial, lo que debería suceder durante la próxima semana.

Una vez que ocurra eso, las AFP tendrán disponible en sus sitios web el formulario de solicitud de retiro. En dicho formulario los afiliados deben ingresar el monto que desean retirar (con un tope del 10% del total de su ahorro), sus datos de contacto y la forma que eligen para que se haga el pago (transferencia electrónica, vale vista o pago presencial).

¿Cómo solicitar el retiro de fondos?

  • El primer paso para gestionar el retiro de los fondos es que el afiliado realice la solicitud de retiro en la web de su AFP, sin necesidad de clave de acceso.
  • Para realizar la solicitud, se debe ingresar el rut y número de serie del carnet de identidad.
  • En este formulario, el afiliado deberá ingresar sus datos personales, el monto que desea retirar y la forma de pago (transacción electrónica, vale vista o pago presencial).
  • Dos días hábiles después de realizar esta solicitud, los afiliados recibirán una respuesta de aprobación o rechazo por parte de su administradora. La solicitud podría no ser aprobada si la persona no está afiliada a alguna afp o no tiene saldo en su cuenta individual.
  • En caso de ser aprobada, comienzan a correr los 10 días hábiles para el pago de la primera cuota con el 50% del total solicitado. Adicionalmente, una vez ingresada la solicitud, las administradoras dispondrán de información sobre el estado de avance de la solicitud de cada afiliado.
  • En una segunda cuota se entregará el 50% restante, en un máximo de 30 días hábiles desde el primer pago. Cada pago tendrá un límite de 75 UF (aprox $2.167.500).
  • Los fondos no constituyen renta o remuneración por lo que no estarán afectos a impuestos, comisiones o descuentos (ni de las administradoras ni de los bancos). La única excepción es el pago de deudas por pensión alimenticia y compensación por divorcio.
  • El pago se hará vía transferencia a una cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) o el depósito en una cuenta bancaria o cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación, debiendo para estos efectos informar el afiliado N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad. El afiliado también podrá optar por el pago mediante un vale vista nominativo para ser cobrado en una entidad financiera.
  • Es importante que afiliados chilenos o extranjeros cuenten con su cédula de identidad. En caso de no tener rut, podrán usar el número identificatorio para cotizar y la clave de acceso a la AFP.
  • En caso de que el solicitante del retiro tenga deudas originadas por obligaciones alimentarias o compensación económica en juicio de divorcio, la AFP destinará los fondos al beneficiario indicado por el tribunal de justicia.

Cabe señalar que la solicitud de retiro de fondos tiene plazo de un año (365 días) y por lo mismo, es recomendable que en esta primera etapa lo soliciten quienes están en situaciones más complicadas, de manera de evitar la saturación de los canales digitales y eventuales aglomeraciones en las sucursales.

Es fundamental informar que se trata de un único retiro, pagadero en dos cuotas. Esto quiere decir que si un afiliado decide retirar menos del 10%, no podrá retirar ese remanente en un segundo retiro.

Revisa aquí el instructivo entregado por la Superintendencia de Pensiones a las AFP.