Este jueves fueron retomadas las discusiones en torno a las normas contenidas en el segundo capítulo del proyecto de Carta Magna, instancia en la que el Pleno del Consejo Constitucional aprobó el derecho preferente de los padres de elegir en el plano educativo y de las personas de optar por prestadores de salud y administradores de pensiones, sean estos estatales o privados. Junto con ello, fueron abordados los artículos e incisos relativos a la libertad sindical.

Las deliberaciones nuevamente concitaron acalorados debates, que en esta oportunidad iniciaron con la revisión del ya visado literal b) del artículo 21, que dentro de sus líneas plantea que el Estado podrá «establecer cotizaciones obligatorias» y, además, tendrá como deber garantizar «el derecho a elegir el sistema de salud» al que los ciudadanos podrán acogerse.

De manera similar, fue aprobado el literal b) del artículo 22, que plantea que las familias «tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos o pupilos, de elegir el tipo de educación y su establecimiento de enseñanza, así como a determinar preferentemente su interés superior» en consideración de sus convicciones religiosas, espirituales y morales.

Dentro de ese marco, también fue acogido dentro del artículo 23 que la enseñanza estatal y la reconocida oficialmente «no podrá orientarse a propagar tendencia político partidista alguna».

Por otra parte, el Pleno respaldó por 33 votos a favor y 17 en contra el que las personas gocen de propiedad sobre las «cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados», pudiendo estas, además, «elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta». Con ello, se prohíbe cualquier tipo de apropiación o expropiación por parte del Estado, independientemente del mecanismo.

En lo relativo al artículo 26 sobre libertad sindical, se aprobó por 33 votos a favor y 17 en contra la enmienda que priva a los funcionarios del Estado y a quienes «atiendan servicios de utilidad pública» de «declararse en huelga», todo, con el objetivo de evitar daños al país y la población. En esa misma línea, se rechazó el inciso que buscaba garantizar la utilización del derecho a huelga para «la defensa de los intereses laborales».

Reacciones

Como «buenas noticias para la ciudadanía» describió el delegado del Partido Republicano, Luis Silva, la aprobación de este nuevo conjunto de normas, el que, a su parecer, limita el accionar del Poder Legislativo en pos de garantizar «la libertad de elegir» en las materias abordadas y de acceder «a los mejores servicios tanto en seguridad social como en salud».   

Por su parte, la presidenta del Consejo Constitucional, Beatriz Hevia (PR) criticó que el Gobierno haya hecho referencia a las normas aprobadas de una forma que, a su juicio, «vulnera el análisis objetivo de las normas» y ridiculiza «el trabajo» efectuado hasta la fecha por el órgano.

Las críticas del Ejecutivo tuvieron su réplica dentro del bloque de Unidad para Chile, cuando el consejero Fernando Riveros (PC) aseguró que lo visado convierte en «un producto más del mercado» ciertos derechos clave para la ciudadanía, como serían los relativos a «la salud, la educación y las pensiones».

A su vez, el representante oficialista apuntó que la «libertad de elegir» referida por la oposición sería, en realidad, «un espejismo» si las personas no cuentan con prestadores privados en sus territorios, o bien, no poseen los recursos para pagarlos.

Junto con calificar la actual propuesta como una «Constitución antiderechos sociales garantizados», el consejero Yerko Ljubetic (CS) lamentó la inclusión de disposiciones «aún más regresivas» que las consagradas en la Carta Magna vigente, sobre todo, en aspectos como la negociación colectiva, la sindicalización y el derecho a huelga.

También, advirtió sobre la constitucionalización «del modelo de las AFP», lo que quitaría sustento legal a propuestas como, por ejemplo, la que busca instaurar un pilar solidario para las pensiones.

Cabe destacar que las votaciones continúan en el Pleno, con el abordaje de las materias relativas a la vivienda, al agua, los tributos y la propiedad.